HUELGA GENERAL, 29 de septiembre, YO VOY
La huelga general es la respuesta necesaria y proporcionada ante la agresión a los derechos laborales que han supuesto los dos últimos decretos leyes aprobados por el Gobierno y ante el abandono de las políticas públicas de fomento del empleo, de la actividad económica y de bienestar social que ha llevado aparejada la nueva política económica adoptada para satisfacer las exigencias del ECOFIN.
El giro brusco en las políticas públicas sitúa la prioridad en la reducción del déficit público, por la vía de recortar de forma drástica el gasto social y la inversión pública, lo que se traduce en menor actividad económica y mayor
desempleo.
CCOO ha venido denunciando sistemáticamente que con un despido más fácil y barato no se crea empleo, sino que se da alas al uso fraudulento de los contratos temporales y a la sustitución del empleo fijo por precario; en definitiva, al crecimiento del desempleo y de la temporalidad abusiva, problemas estructurales del mercado de trabajo español llevados a su máxima expresión con la recesión económica y el giro copernicano de las políticas públicas.
El aumento del poder empresarial por el que se apuesta en la reforma laboral aprobada por el Gobierno, como si ello fuese el paradigma de la necesaria adaptación y modernización de las empresas y las relaciones laborales, es la antesala del incremento de la precariedad laboral, crecimiento de la economía sumergida, del desempleo y de la contratación temporal, por el deterioro de las condiciones económicas y de trabajo que sufren las personas asalariadas cuando se pone en cuestión el derecho y primacía de la negociación colectiva y del control administrativo y judicial en beneficio de la discrecionalidad del empresario en la determinación y modificación de elementos tan esenciales de la relación laboral como son la extinción y la suspensión del empleo, la modificación substancial de las condiciones de trabajo, incluida la del horario, la movilidad geográfica y el descuelgue de los compromisos salariales determinados colectivamente.
El Gobierno ha optado, ahora, por atender las más añejas demandas empresariales que fueron la causa del fracaso del diálogo social de 2009 en torno a las medidas urgentes para frenar el desempleo y reactivar la economía, mientras se desatienden, una vez más, las propuestas sindicales que venimos presentando desde el inicio de la crisis en demanda de un gran pacto social por el empleo y el cambio de modelo productivo, como vía para afrontar los efectos de la crisis y dirigir la salida de la misma hacia la adaptación y transformación de las estructuras económicas, financieras, educativas, productivas y laborales, que eliminen las debilidades estructurales de nuestro modelo económico y social, y otorguen mayores garantías futuras para no reproducir crisis tan dañinas como la que estamos atravesando, a la vez que, mientras persista la crisis, se mantengan y refuercen los mecanismos de protección a las personas desempleadas, se potencien instituciones laborales alternativas a la extinción del empleo y se garantice el acceso de las empresas, de las familias y de las personas individuales al crédito necesario para el desarrollo de la actividad económica y para el consumo.
Las políticas de inversión y gasto público, como defendemos siempre los sindicatos de clase, son un motor imprescindible para el desarrollo económico y social de un país; son la locomotora para la reactivación económica y del empleo en épocas de crisis, cuando la inversión privada se encuentra en retroceso, desaparecida o secuestrada.
Cuando, como ahora, se opta por drásticos recortes en la inversión y el gasto público de la totalidad de las Administraciones Públicas, magnificando la necesidad de reducción del déficit público más allá de los límites y plazos razonables y compatibles con la reactivación económica, las Administraciones Públicas se convierten en los primeros causantes del aumento del desempleo y del deterioro de las condiciones de vida de millones de personas por la repercusión que las políticas públicas tienen en todo el tejido empresarial.
El Gobierno, en su nueva apuesta, no ha tocado fondo y prepara nuevas reformas estructurales, la primera de las ya anunciadas, la del Sistema Público de Pensiones, adelantando su intención de introducir nuevos requisitos para acceder a la pensión de jubilación y a la determinación de su cuantía, con propuestas que significarán mayores dificultades de acceso al derecho de pensión y menores cuantías en la prestación económica. Todo ello, con el objetivo de asegurar la viabilidad futura del sistema, por la vía de la contención o reducción del gasto y no por el del aumento de las aportaciones públicas y privadas a los ingresos que deben nutrir y asegurar el sistema público. Para este nuevo viaje reformador, el Gobierno, previendo las previsibles discrepancias con las organizaciones sindicales, ya prepara la búsqueda de apoyos alternativos, algunos de ellos en partidos políticos que representan intereses poco identificados con la defensa de los sistemas públicos de protección social y que, a cambio de su voto, exigirán la introducción de medidas en el proyecto de reforma de las pensiones con una orientación, previsiblemente, aún más regresiva. Por esta vía, el mantenimiento de la movilización social, encabezada por el movimiento sindical, estará servido.
El texto final del proyecto de ley que será aprobado el 9 de septiembre es el resultado de las negociaciones del Gobierno con los grupos parlamentarios más conservadores de la Cámara, que han logrado introducir enmiendas que incrementan la pérdida de los derechos individuales y colectivos.
Las modificaciones adoptadas en el trámite parlamentario empeoran las condiciones para dar estabilidad a los contratos de obra; flexibilizan la edad en los contratos formativos dejando su determinación a las comunidades autónomas y amplía las excepciones en el derecho a la percepción de la prestación por desempleo en estos contratos; reduce el plazo de resolución de la autoridad laboral a 7 días en los supuestos de desacuerdo para la extinción de contratos por causas objetivas; hace recaer sobre el trabajador con contrato indefinido de fomento de empleo la carga de la prueba cuando alegue fraude de ley en el procedimiento extintivo por despido objetivo; amplía las causas para facilitar la modificación substancial de condiciones de trabajo introduciendo la de prevenir una evolución negativa de la empresa o mejorar las perspectivas de la misma; establece la obligación de pactar procedimientos de arbitraje para solventar las discrepancias en torno a la modificación de condiciones pactadas en un convenio colectivo; impide el control judicial y sindical sobre los descuelgues salariales de un convenio sectorial cuando son pactados en el seno de la empresa, entre otras medidas relativas al mercado de trabajo.
También se han incluido enmiendas que permiten a las mutuas destinar una parte de los excedentes obtenidos en la gestión de contingencias profesionales o de IT al establecimiento, por vía reglamentaria, de reducción de cotizaciones empresariales por contingencias comunes y se desvían a las mutuas competencias de los servicios públicos de salud. Una enmienda aprobada en el Congreso reduce, del 5% actual al 2,5%, los niveles de absentismo del total de la plantilla requeridos cuando se procede al despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo justificadas pero intermitentes, y en el Senado se ha eliminado toda referencia a los niveles de absentismo del total de la plantilla, para tener en cuenta sólo las ausencias del trabajador, aunque sean justificadas.
Mediante Disposiciones adicionales se condiciona el futuro del diálogo social Se ha adoptado una disposición adicional, sexta, que faculta al Gobierno para que, cuando el empleo inicie su recuperación, reforme la normativa que regula las prestaciones por desempleo con el objetivo de aumentar su vinculación con las políticas activas de empleo. Es decir, se trata de aumentar los requisitos para la percepción de la prestación de desempleo, como ya hizo el Gobierno del PP con el RDL 5/2002, que dio origen a la huelga general del 20 de junio de 2002. La disposición adicional vigésima primera insta al Gobierno a que, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley y en defecto de acuerdo en el proceso de negociación bipartita, promueva iniciativas para la reforma de la negociación colectiva.
Este requerimiento, además de una intromisión en el diálogo social bipartito, desincentivará el interés empresarial en esta negociación, a la espera de que el Gobierno y un Parlamento favorable a sus tesis liberales le faciliten el camino para una reforma en clave desreguladora.
La preparación de la huelga general ha movilizado a las organizaciones y representantes de CCOO que, junto con la UGT, nos hemos propuesto hacer llegar al conjunto de la población asalariada, a las entidades sociales y a la ciudadanía en general, toda la información sobre los efectos de estas reformas y de las alternativas que ambos sindicatos promovemos. Una intensa campaña centrada en destacar que existen otras políticas posibles, socialmente más justas y equitativas; que frente a la resignación hay un gran margen para la acción colectiva; que la huelga general tiene razones, fundamentos
Los apoyos previos a la huelga general se están multiplicando con la adhesión de otras organizaciones sindicales, asociaciones sociales y profesionales, personas significadas del ámbito académico y cultural, comités de empresa y de asambleas de trabajadores.
En este mes de septiembre, la campaña sindical en los centros de trabajo se multiplicará para conseguir que los pronunciamientos a favor de la huelga general se extiendan al mayor número posible de empresas y que las trabajadoras y trabajadores dispongan de información suficiente para sumarse a la gran movilización del 29 de septiembre.
Este artículo ha sido publicado en "casi un Blog" de Javi Martínez
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